Con motivo del decreto “motu  proprio  Traditionis custodes ha habido múltiples interpretaciones e interrogantes entre los fieles.

No es mi interés desarrollar aquí un análisis del documento. Sólo quiero contestar a algunos interrogantes que me han llegado y presentar alguna propuesta.

1ª pregunta: ¿es lícito celebrar la Santa Misa en latín?

            En muchas intervenciones que se leen en Internet se dice que se ha prohibido la Misa en latín. La confusión proviene de que es común, sobre todo en inglés, el llamar a la Misa celebrada según el Misal de 1962: Misa en latín, o Misa latina. Sin duda la Misa celebrada según ese Misal debe ser celebrada en latín (con excepción de las lecturas). Por eso, por facilidad, se le suele llamar Misa latina o en latín. Es al uso del Misal de 1962, que se refiere el documento citado arriba, uso al que le señala muchas limitaciones.

Sin embargo, de acuerdo con el Misal reformado después del Concilio Vaticano II, en su edición típica tercera de 2002, enmendada en 2008, no sólo es lícito celebrar la Santa Misa en latín, sino que ese el modelo. Es decir la forma typica, de la liturgia romana está expresada en latín. De modo que la oración litúrgica en latín, en el rito romano, es la propia, auténtica y modélica. Prohibir la Misa en latín, sería prohibir el mismo rito romano.

Ello no quita que se pueda celebrar según el Misal Romano orando con las traducciones aprobadas, sea parte, sea todo lo que esté permitido.

Por otra parte, todo texto traducido, para ser comprendido, sobre todo para afirmar lo que hay que creer según la lex orandi, debe referirse al texto latino. En ese sentido la teología de la Liturgia, en cuanto toma como fuente el Misal Romano, debe partir del texto original latino.

El Concilio Vaticano II, permitió el uso de las lenguas modernas en el culto según el rito romano (SC 36, § 2) y precisó:

SC 54. En las Misas celebradas con asistencia del pueblo puede darse el lugar debido a la lengua vernácula, principalmente en las lecturas y en la «oración común» y, según las circunstancias del lugar, también en las partes que corresponden al pueblo, a tenor del artículo 36 de esta Constitución.

Sin embargo, indicó:

SC 36. § 1. Se conservará el uso de la lengua latina en los ritos latinos.

SC 54. Procúrese, sin embargo, que los fieles sean capaces también de recitar o cantar juntos en latín las partes del ordinario de la Misa que les corresponde.

Con respecto al canto en lengua latina, en particular el canto gregoriano, el Concilio Vaticano II y todos los documentos posteriores, sin excluir otras formas derivadas del canto gregoriano, afirman:

SC 116. La Iglesia reconoce el canto gregoriano como el propio de la liturgia romana; en igualdad de circunstancias, por tanto, hay que darle el primer lugar en las acciones litúrgicas.

No voy a desarrollar aquí que dice la Iglesia, cuando afirma que el canto gregoriano es el propio de la liturgia romana. Tan sólo baste saber que toda formación litúrgica de los fieles y ministros del rito romano brota, entre otros elementos esenciales, de la experiencia y comprensión del canto gregoriano.

  2ª pregunta: ¿el Concilio Vaticano II prohíbe  la oración de todo el pueblo junto con el sacerdote orientada hacia el oriente, o la cruz o al ábside?

            El Concilio Vaticano II ni se planteó la orientación de la asamblea junto con el sacerdote y los ministros en la celebración de la Eucaristía y no conoció otra dirección que ad orientem y, cuando no era posible por la orientación de la iglesia, ad absidem (orientado hacia el ábside).

Ningún documento posterior no sólo no prohibió, sino que en gran parte aún hoy en las rúbricas del misal se supone la orientación hacia el ábside.

Del punto de vista jurídico, está permitido tanto que los fieles con el sacerdote a su cabeza oren en “círculo” hacia Dios o que la asamblea con el sacerdote a su cabeza se dirijan juntos en la misma dirección hacia el Padre. Esto es lo que de modo meramente descriptivo se dice con mucha imprecisión “de cara al pueblo” – porque no está mirando al pueblo –, o “de espaldas al pueblo” – porque no le da la espalda, sino que todos miran en la misma dirección –.

Sin desarrollar el tema, baste decir que el sacerdote no “da” la Misa – sobre todo la oración de la Plegaria Eucarística y el ofrecimiento del Santo Sacrificio –  a los fieles ni para los fieles. Esto es: no se dirige a ellos, sino con ellos se presenta ante el Padre por Cristo en la unidad del Espíritu.

Tampoco en ese momento los fieles bautizados se dirigen al sacerdote ni lo miran actuar, sino que con él se dirigen al Padre y se ofrecen  a él.

Según la oración y el sentido del ofrecimiento, la asamblea de los fieles encabezada por el obispo, o presbítero, que actúa in persona Christi, se dirigen y ofrecen al Padre.

El motu proprio Traditionis custodes no habla del tema. Por lo tanto siempre se puede celebrar el Sacrificio Eucarístico en una asamblea de la Iglesia en el que el altar esté entre los fieles y el sacerdote o en que la única asamblea con el sacerdote a la cabeza esté frente al altar.

Se puede leer una explicación sobre el tema orientación ad absidem en

https://docs.google.com/document/d/1WCo2_cBAuqMfddmt7iwGmIOb5QwUatUb/edit

Si se quiere estudiar el asunto de la orientación en la Santa Misa, leer en mi libro Sursum corda, p.93-113 con bibliografía. Se puede encontrar en mi blog amicus Sponsi

https://drive.google.com/file/d/1HWGgX4lSk2uSDzqIyieWjOv2woSijssw/view

Pequeño servicio

            Hay que constatar que desgraciadamente entre nosotros cada vez es mayor la distancia de clérigos y laicos de la experiencia, de la celebración, de la Sagrada Liturgia con elementos del canto litúrgico del rito romano, del canto gregoriano y aún de un canto en lengua común inspirado en el canto litúrgico.

También son muy pocas las celebraciones celebradas ad absidem, orientada toda la asamblea hacia el Padre.

En mi pequeño servicio celebro ad absidem:

Los sábados a las 17.30 en la Capilla Nuestra del Camino (Giannattasio frente a Sodimac y Géant). Canto llano todo el ordinario. Kyrie en gregoriano.

Los domingos (excepto el 2º) a las 9.00 en la Capilla del Monasterio Santa Clara (dos cuadras detrás de Costa Urbana). Kyrie, Gloria, Sanctus, Agnus Dei en gregoriano. Credo en canto llano.

Como algunas veces debo cambiar horarios pido que corroboren buscando mi AGENDA  en la página  https://amicus-sponsi.com/

Me gustaría que al menos una vez por mes pudiéramos cantar toda la Misa en gregoriano, incluido – lo que prácticamente nunca se hace entre nosotros – el propio de la Misa (introito, gradual, offertorium, communio). Pero para ello, no basta el celebrante principal, aunque sea obispo. Se requiere quienes hagan parte del Oficio Divino: ayudantes y cantores que se presten a aprender.

Misa en honor de Santa María, la Virgen de los Treinta y Tres

Aprovecho para participar también que los días 8 (a partir del próximo domingo) de cada mes a las 17 hs.  celebraré la Santa Misa en la Capilla Virgen de los Treinta y Tres y San Francisco, en Avda. Giannattasio, en Lagomar (frente a Tienda Inglesa).